Alexa Liliana
Rodríguez-Padilla.
La actuación del psicólogo
en contextos legales resulta cada vez más frecuente, los aportes que la
Psicología puede ofrecer a la comprensión de eventos en donde se transgrede una
norma, resultan numerosos. Sin embargo,
en muchos ámbitos aún se desconoce las limitaciones, los alcances y objetivos
de un psicólogo que interviene en contextos legales. Situación que ha generado un aumento de
procesos de tipo ético y deontológicos contra psicólogos que trabajan en éstos
ámbitos, prueba de ello son las investigaciones que se adelantan en los
Tribunales de Ética en Colombia.
La Psicología y el Derecho
tienen en común su objeto de estudio, es decir, la conducta humana, la primera
para comprenderla, la segunda para establecer límites a esa conducta, a partir
de las normas. El Derecho definido como “el conjunto de leyes, preceptos y reglas a
quien están sometidos los hombres en su vida social... ciencia que estudia las
leyes y su aplicación. Mientras que la Psicología es entendida como la ciencia que estudia el comportamiento humano
en el más basto sentido, abarca todas las actividades, sentimientos y razones
de las personas” (Echandía, 1999).
La Psicología le ha aportado
al derecho dos aspectos fundamentales: la diferenciación individual y los
componentes sociales (Urra, 2002). En un
principio el Derecho Natural se fundamentaba en la creencia que la vida social
se regía por un orden natural en el que no intervenía el hombre, es decir independiente
a la voluntad humana. Luego emerge el
Derecho Positivo, fundamentado en la experiencia, dando trascendencia a la
Psicología tanto para la formulación de leyes como para la aplicación de las
mismas.
Desde esta perspectiva ambas
disciplinan requieren del conocimiento y la comprensión no sólo de la conducta
humana sino también de entender cómo esa conducta se desarrolla, cuáles
elementos la determinan y cómo puede llegar a producirse cambios en esa
conducta o comportamiento humano.
Durante siglos las medidas correctivas o coercitivas como son el
internamiento, la privación de la libertad, el encarcelamiento, entre otros,
han intentado “corregir” la conducta desviada o antijurídica, lo que la
constituye en un delito. Sin embargo, la
evidencia nos muestra que en la gran mayoría de los casos, tales medidas no
generan ningún tipo de cambio positivo en la conducta de un individuo. Un
ejemplo de ello son los delitos de tipo sexual, en los cuales el aumento de los
años en la pena no incide en la disminución en la ocurrencia de los casos, por
el contrario, van en aumento.
La Psicología y el Derecho
parten del individuo, como único sujeto responsable de sus actos y conductas,
así como de su capacidad para modificarlo.
De acuerdo con el concepto de conducencia, definido por el jurista y
psicólogo Muñoz Sabate, como “la
propiedad de una norma jurídica de provocar una reacción de cumplimiento en los
destinatarios de la misma” (Muñoz, Bayés, Munné y Bayés-Sopena, 1980),
la Psicología puede ayudar al Derecho de dos formas, una interna mejorando la
elaboración y refacción legislativa, y la segunda de manera externa desde la
función pericial.
En este mismo orden de ideas
el autor plantea tres aproximaciones de la Psicología en relación con el
Derecho. Psicología del Derecho: La
Psicología es necesaria en el campo del Derecho para que pueda funcionar de
manera adecuada debido a que se
encuentra lleno de componentes psicológicos.
Psicología en el Derecho: Se
trata de una “psicología normativa”, una labor de estudio de las normas
jurídicas como estímulos verbales que mueven la realización de las
conductas. Psicología para el Derecho: Aquí se plantea la psicología como
ciencia auxiliar del Derecho, la cual permite establecer la verdad de los
hechos, la imputabilidad, interpretación de las conductas, etc. Lo anterior se complementa con las categorías
de multidimensional del Derecho, en
donde hasta en los casos más insospechado en necesario que el jurista conozca
de los métodos psicológicos, como herramienta que permita optimizar la
comprensión de los hechos delictivos.
No obstante, al analizar los
planes de estudio de las carreras de Derecho encontramos que en su gran
mayoría, por no decir que en todos, no se encuentra espacios académicos que
permitan conocer y comprender la conducta humana, su funcionamiento, sus
alcances y sus afectaciones o alteraciones, siendo éstas quien en la mayoría de
los casos se ven involucradas en los
litigios. Con base en lo anterior, la
pregunta a responder resultaría: sí existen tales vacíos a nivel teórico o
conceptual, ¿con qué herramientas o sobre qué soportes se toman las decisiones
en los procesos jurídicos?.
Las ciencias sociales, al igual que cualquier otra
ciencia de la naturaleza, buscan el descubrimiento de las leyes que le permitan
controlar el comportamiento de los seres humanos que estudian. El psicólogo por su parte, emplea sus
descubrimientos para tratar de modificar ciertas actitudes o conductas. Tanto la Psicología como el Derecho, tienen
un objeto común de estudio: la Conducta.
Sin embargo, desde lenguajes distintos, el del ser y el del deber ser,
el de la imposición y el del descubrimiento.
Un campo de aplicación del
psicólogo jurídico de gran relevancia en el área legislativa, es la de asesoría
en temas en donde el comportamiento humano tiene incidencia, bien sea en los
procesos que implican la comprensión de la conducta humana desde el desarrollo
normal del sujeto, o en los casos de una discapacidad cognitiva, madurez
psicológica, trastorno mental, entre otro. No existe forma alguna de establecer
límites a la conducta humana si no se conoce y se comprende la forma de
actuación del ser humano en contextos normales y patológicos.
Sin embargo, la única salida para la comprensión y la
intervención frente a situaciones en donde se encuentra inmersa la conducta
humana, sólo se logra desde el trabajo conjunto de dos disciplinas la Psicología
y el derecho; unión que ha dado origen a la interciencia denominada Psicología
Jurídica. No obstante, con un camino
largo por recorrer y es el de poder generar conocimiento de tipo interdisciplinario, que permita dar
respuestas complejas frente a problemas complejos como los que aquejan a
nuestra sociedad Colombiana.
Para el psicólogo jurídico y forense que se desempeña
profesionalmente en Colombia debe conocer cuál es su campo de acción y cuáles
son los acuerdos a los que ha llegado la comunidad científica en nuestro país
en cuanto a su definición, para ello se presenta la creada por los docentes de
la Maestría en Psicología Jurídica de la universidad de Santo Tomás, (2009) en
Bogotá: “La Psicología Jurídica es un
área aplicada de la Psicología, que estudia e interviene en el comportamiento
humano que alcanza implicaciones jurídicas, y propende por la defensa de los
Derechos Humanos, la salud mental y el impacto de estas en la sociedad, con el
fin de alcanzar y humanizar la justicia”
(Cuerpo docente de los posgrados de Psicología Jurídica Universidad
Santo Tomás, 2009, citado por Espinosa, s.f., p. 10).
Para citar este escrito según normas APA:
AL. Rodríguez-Padilla. (8 de abril). Psicología y Ley. [Mensaje en un blog]. Recuperado de http://psicojuridicaforense.blogspot.com/.
REFERENCIAS
Echandía, A. (1999). Antijuricidad.
Colombia: Editorial Temis.
Espinosa, A. (s.f.). Aportes de la
Psicología Forense al abordaje de los delitos sexuales. Bogotá,
Colombia: Defensoría del Pueblo.
Urra, J. (2002). Tratado
de Psicología Forense. Editorial Siglo XX, España.
Muñoz, L.; Bayés, R.; Munné, F. y Bayes-Sopena (1980). Introducción a la Psicología Jurídica. México: Editorial Trillas.
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