Alexa
Liliana Rodríguez-Padilla y
Eliana
Catalina Delgado-González.
En el contexto de la
Psicología Forense, el informe pericial es una de las herramientas principales
en la actuación profesional del perito, por no decir que la más
importante. El informe psicológico
forense no solo juega un papel preponderante, dada las implicaciones que tiene
en el contexto jurídico, sino también resulta el elemento más sensible en la
actuación pericial, el desconocimiento de protocolos para su elaboración, ha
generado, no en pocas ocasiones, investigaciones de tipo ética en contra de
psicólogos forenses en Colombia. De acuerdo con Sierra (2006) el informe
psicológico forense se constituye en un resumen detallado del proceso que se
llevó acabo para realizar una evaluación psicológica en el ámbito legal. El
diagnóstico en el ámbito forense se condiciona, desde el punto de vista
epistemológico, al menos por la existencia de un delito establecido en el Código
Penal y por la idea de un sujeto imputable, con la que se compara al individuo
presunto autor del delito. Estableciendo como demanda concreta a un perito la
valoración de una imputabilidad (Bembibre e Higueras, 2006).
Según Celedon y Brunal,
(2012), “etimológicamente, la pericia procede del latín peritia que significa experiencia, de peritus, que traduce experimentado y en sentido gramatical denota
habilidad, práctica, y destreza.”. De acuerdo con el Código de Procedimiento Penal
Ley 906 de 2004, en su artículo 405 establece que “la prueba pericial es
procedente cuando sea necesario efectuar valoraciones que requieran conocimientos
científicos, técnicos, artísticos o especializados”.
Los mismos autores
establecen que el dictamen pericial psicológico es el proceso a través del cual
el perito plasma un hecho psicológico y sus consecuencias; una enfermedad o
hecho clínico relacionado con la salud mental de una persona en un contexto
legal. De igual forma, lo proponen como el análisis que realiza el experto de un hecho determinado, con
detalles de sus características y llevando a determinadas conclusiones con un
nivel de orientación, de probabilidad o de certeza.
Los informes psicológicos forenses
deben ser solicitados en debida forma, practicarse e incorporarse al proceso en
los términos y oportunidades que señala el Código de Procedimiento Penal
(Urrea, Estrada y Lopera, 2012). El código establece que las partes podrán
presentar informes forenses, si el juez determina que puede ser material
probatorio, sin embargo, deben ser solicitados en audiencia preparatoria. Un
aspecto importante a tener en cuenta en relación con los informes periciales el
objeto de estudio son hechos y no cuestiones de derecho, ya que estas, sólo corresponden
a los operadores jurídicos. Por lo anterior, es de aclarar que la función de un
perito no es establecer responsabilidades, si no, ilustrar, asesorar, aportar
conocimientos al juez o tribunal (Finol, 2006)
El informe pericial se
constituye como una prueba indirecta y de carácter científico, el cual tiene como objeto el análisis del
comportamiento humano o la personalidad y los aspectos intelectuales o
volitivos de la persona. Más que una prueba, el informe representa un medio para la
valoración, proporcionando más elementos para la formulación de juicios.
(Simões, 2011) Sin embargo, autores
proponen que en algunas oportunidades, los operadores jurídicos no le dan el
valor que tiene (Celedon y Brunal, 2012).
Aspecto que resulta de especial interés para un análisis cuidadoso,
teniendo en cuenta que las decisiones jurídicas que toman los jueces, en algunas ocasiones, sólo
se sustentan en el testimonio de los testigo o las víctimas, elemento altamente
falible en materia de credibilidad y veracidad,
El informe se constituye
como prueba pericial psicológica y se incluye dentro de las denominadas pruebas
científicas, ya que aporta conocimientos provenientes de la ciencia psicológica
al ejercicio de la función juzgadora. Por ello, el peritaje psicológico, en el ámbito penal tiene como eje central la
evaluación psicológica de la salud mental del acusado o la capacidad del sujeto
en sus diversas competencias en relación a los actos cometidos, otra de las
funciones que cumple dicha evaluación es dar una valoración en cuanto al grado
de malestar emocional generado por el acontecimiento violento (Echeburúa, 2005).
Por otro lado, se plantea, que el juez solicita un asesoramiento técnico por
carecer de unos conocimientos especializados para elaborar una resolución
judicial. (Manzanero y Muñoz, 2011)
En relación al peritaje
psicológico, en materia penal, el eje central de la evaluación psicológica hace
referencia esencialmente a la salud mental del acusado o la capacidad del
sujeto en sus diversas competencias, y en relación a la comisión de los actos
cometidos. (Aguilera, 2004). Por lo anterior, se han plantea diferentes modelos
que le den una estructura al informe psicológico, con el objetivo de que la
información que allí sea plasmada, sea de fácil entendimiento para la persona
que no cuenta con el conocimiento científico psicológico. (Olmedo y Dorta,
2003). A continuación, se hace referencia a tres modelos, el primero de ellos
es el propuesto por Simoes (2011), psicólogo-docente universitario de la
Facultad de Psicología y de la Educación de la Universidad de Coimbra, portugal:
Tabla
1. Estructura del informe forense
Secciones
|
Composición
|
Elementos
relacionados con el profesional que emite el informe
|
Aspectos
formales de la experiencia y formación del psicólogo, incluyendo información
como títulos obtenidos, cargos desempeñados, experiencia con diferentes
poblaciones o grupos.
|
Información
general
|
Nombre
del sujeto, edad, lugar donde fue acusado, fuentes del informe, delito que
cometió, circunstancias actuales, una breve historia de las transgresiones,
número y fecha de las evaluaciones y posible derivación para otros
profesionales.
|
Circunstancias
del pedido
|
Se
debe identificar el origen y la naturaleza de la solicitud, las cuestiones
legales para las cuales se requiere respuesta, circunstancias que rodean la
petición de evaluación y resumen de la petición.
|
Introducción
|
Fuentes
de información utilizadas, testigos y métodos de evaluación. Puede incluir
una descripción de la manera en la que el acusado respondió a la evaluación.
|
Información
contextual
|
Información
relevante relacionada con el contexto familiar, aprendizaje escolar, historia
ocupacional, historia económica, historia sexual, historia psiquiátrica.
|
Historia
del delito
|
Recoge
la evolución del comportamiento ofensivo a lo largo del tiempo, refiriéndose
a hechos y no a explicaciones.
|
Evaluación
del funcionamiento actual
|
El
comportamiento, afectos, funcionamiento intelectual y las aptitudes sociales
actualmente presentes en el repertorio del sujeto ofensor.
|
Formulación
|
Esta
sección debe describir cuales son los problemas que el transgresor
experimenta, así como los recursos que posee. Se debe diferencias problemas
psiquiátricos, psicológicos y sociales.
|
Recomendaciones
|
Las
recomendaciones deben ser explícitas y estar lógicamente relacionadas con los
conceptos explicativos y conclusiones afirmadas en el informe.
|
Resumen
y/o conclusión
|
Debe
recoger el objetivo del informe, los métodos de evaluación, los resultados,
la formulación y las recomendaciones. También puede incluir una o varias
opiniones específicas del perito en respuesta a preguntas hipotéticas
formuladas por el juez o abogados.
|
Nota: (Simões, 2011)
El modelo que propone Graña
(1997 citado por Sicard, 2011), profesor titular de la Universidad Complutense
de Madrid, en el área de Psicopatología, propone que para el desarrollo del informe psicológico
forense se debe seguir siete directrices:
Tabla
2. Modelo de informe
Identificación
|
Datos de filiación del perito, datos de
filiación del peritado, juzgado de procedencia y número de asunto.
|
Objetivo del informe pericial
|
Información de porque se está llevando a
cabo el informe.
|
Metodología
|
Entrevistas, tipos de entrevistas, lugar y
número de horas, pruebas complementarias, observaciones, autoregistros y
bibliografía utilizada.
|
Análisis descriptivo
|
Análisis de la situación jurídica del
procesado, análisis funcional de los problemas psicológicos del peritado
redactado de forma descriptiva. Antecedentes, factores de predisposición o
vulnerabilidad, autoimagen, apoyo social, situación vital y estilo de vida.
Exploración psicopatológica.
|
Resultados
|
Impresión diagnostica (DSM IV en los 5
ejes, CIE 10 y justificación de los criterios que cumple)
|
Discusión forense
|
Relación entre psicopatología, capacidades
cognoscitivas, volitivas y delito
|
Conclusiones
|
Conclusiones finales enumeradas.
|
En Colombia El Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLYCF) en su Resolución 430
del 27 de Abril de 2005, adopta el protocolo para la presentación de informes o
dictámenes periciales emitidos por los laboratorios forenses estableciendo
diferentes elementos que deben contener los dictámenes e informes periciales:
Tabla
3. Protocolo de presentación de informes
PARTES
|
CONTENIDO
|
Preámbulo
|
Datos que identifican la institución
|
Identificación del laboratorio
|
Membrete de la organización que emite el
dictamen
|
Identificación del dictamen o informe
pericial
|
Título, ciudad y fecha, número único de
identificación (numeración consecutiva)
|
Identificación de la autoridad destinataria
|
Nombre del destinatario (mayúscula
sostenida y negrilla), cargo, entidad, dirección y nombre de la ciudad.
|
Identificación y referencias de la
solicitud
|
Identificación de la solicitud,
identificación de la autoridad solicitante, número de sumario, nombre de las
personas relacionadas en la solicitud, número de radicación y fecha de la
recepción de la solicitud, fecha de recepción de la solicitud en el
laboratorio y fecha de realización de los análisis.
|
Contenido
del dictamen o del informe pericial
|
Análisis efectuados
|
Descripción de los elementos recibidos para
estudio
|
Relación detallada de los elementos o
muestras recibidas para los diferentes estudios.
|
Motivo de la peritación
|
Transcribir de forma textual y entre
comillas el cuestionario o petición de la autoridad solicitante.
|
Métodos empleados
|
Métodos que permitieron llegar a los
resultados.
|
Instrumentos empleados
|
Relación de instrumentos
|
Hallazgos
|
Hallazgos obtenidos en el estudio realizado
|
Interpretación de los resultados
|
Interpretación técnica o científica del
perito de los hallazgos obtenidos.
|
Conclusiones
|
Claras, precisas, detalladas y
fundamentadas en la interpretación de los hallazgos obtenidos.
|
Referencias bibliográficas
|
De usarse bibliografía debe quedar
referenciada
|
Observaciones
|
Sugerencias o comentarios que considere de
interés para la autoridad.
|
Remanentes, contramuestras y material de
apoyo
|
Registrar si quedan remanentes,
contramuestras o material de apoyo.
|
Certificación de cadena de custodia
|
Certificar que el elemento analizado estuvo
bajo permanente custodia.
|
Anexos
|
|
Nombre y firma del perito
|
|
Nota para referencias futuras
|
|
Fin del dictamen o del informe
pericial
|
Un aspecto de importancia
relevante en el proceso de evaluación psicológica forense, es la entrevista.
Se entiende como un proceso de
comunicación e interacción entre dos personas o más, donde el objetivo
principal es obtener información. En la entrevista forense, la información que
se busca obtener es la correspondiente con los hechos relacionados con
conductas punibles que se investigan. Es importante aclarar que en el ámbito
forense la información obtenida en la entrevista no se establece como verídica;
adicional a ello, a no se hace con el fin de ayudar al testigo con un plan
terapéutico, sino de evaluar la probabilidad de recabar información que soporte
o descarte las hipótesis forenses, o verificar que se trate de un relato real. La
entrevista en el ámbito forense debe realizarse en diferentes fases, las cuales
deben ser planeadas con antelación. (Espinosa, 2011)
El instrumento vertebrador
de todo el proceso de evaluación psicológica forense, es la entrevista psicológica
forense, que en algunos casos adopta un formato semiestructurado con un estilo
indirecto de recolección de información. Esta orientará al perito sobre qué
contenidos deben ser evaluados mediante otros instrumentos. (Muñoz, 2013). Sin
duda es el procedimiento más utilizado en psicología forense porque permite
obtener datos para el informe psicológico forense y la formulación de
hipótesis, así como para la planificación de pruebas posteriores para la
verificación o negación de las mismas. (Manzanero, 2009)
Otra de las definiciones en
torno a la evaluación psicológica forense, es la acción que el profesional
lleva acabo para apreciar a través de los sentidos aspectos relacionados con la
disciplina de la psicología, observando de manera cuidadosa el comportamiento actual
del sujeto, su lenguaje verbal y no verbal, y procesos superiores a través de
un examen del estado mental. Esta se puede llevar a cabo durante el proceso de
entrevista semiestructurada, la cual generalmente este proceso se encuentra
limitado en cuanto al tiempo y recursos, por lo que el profesional no debe
emitir un diagnóstico definitivo. (Espinosa, 2011)
La evaluación psicológica en
el ámbito forense representa un campo de especialización que requiere la
incorporación de las mejores estrategias evaluativas disponibles, ya que esta
juega un papel fundamental en el proceso de la toma de decisiones legales
debido a la gran variedad de situaciones a las que se enfrentan a diario en el
ámbito de administración de justicia. (Saborío, 2005)
Desde el punto de vista
metodológico, la evaluación psicológica forense comparte características
comunes a toda evaluación psicológica clínica.
Debe regirse por los mismos principios que cualquier otra actividad
científica, es decir, debe ser un proceso estructurado que permita su
replicabilidad y de igual manera requiere de formulación y contraste de
hipótesis. (Muñoz, 2013). Debido a las
importantes consecuencias derivadas del informe psicológico forense, la
actuación profesional del perito debe estar en total consonancia con las
exigencias éticas y deontológicas de la Ley 1090 de 2006 para el caso de su
actuación profesional en Colombia.
Desde la década de los 80 de
forma experimental, el psicólogo entró a formar parte del personal de la
Administración de Justicia, desde esa época hasta la actualidad, se ha
presentado un incremento exponencial en
la participación de los psicólogos en en los sistemas de justicia. La figura
del psicólogo forense está plenamente integrada en la realidad judicial,
habiendo adquirido un estatus profesional reconocido por los distintos
operadores jurídicos y otros profesionales de las ciencias forenses. (Manzanero
y Muñoz, 2011)
De acuerdo con el nuevo Código
de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), pueden ser peritos las personas con
un título reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte. Sin embargo, en
algunas circunstancias las personas con un entendimiento en la ciencia, técnica
o arte, aunque carezca de título. Sin embargo, el número de psicólogos con
investigaciones éticas en Colombia, muestran una realidad muy distinta,
evidenciándose que la labor pericial requiere de un alto nivel de preparación
teórica y metodológica, así como un conocimiento claro de sus deberes y
derechos en cuanto a su actuación ética en su desempeño profesional en el
ámbito legal.
El perito psicólogo en el
ámbito pericial puede actuar de dos maneras, la primera como profesional independiente, estableciendo
las fechas en las cuales el actor será citado para la evaluación psicológica. Al
momento de recibir su designación, debe presentarse en el juzgado
correspondiente para aceptar el cargo, establecer las fechas en las cuales
realizará la evaluación psicológica, evaluar sus resultados y dar respuesta a los
puntos de pericia solicitados por las partes. (Natenson, 2007). La segunda forma de actuar es como consultor
técnico o perito de una de las partes, acompañando a las entrevistas periciales
a la parte que lo designa.
En la actualidad resulta
cada vez más común que los
administradores de justicia requieran de expertos en el comportamiento humano,
cuando se trata de dar explicaciones frente a una determinada conducta tipificada
en los códigos judiciales. La psicología es una disciplina que se encarga del
estudio del comportamiento humano en relación con las conductas y sus
variaciones. La psicología forense hace referencia a la exploración, evaluación
y diagnóstico de las relaciones y pautas de interacción, aspectos de la
personalidad, inteligencia, aptitudes y actitudes, de la persona implicada en
procesos judiciales.(INMLYCF, 2009). El
peritaje psicológico es un proceso de evaluación psicológica, donde se
requieren diferentes técnicas de evaluación, algunas propias de la psicología
forense y otras de la psicología clínica (Espinosa, 2011)
Debe ser practicado de
manera imparcial, independientemente de la parte a la cual represente o le haya
contratado el fin de la actuación pericial es ayudar a establecer una verdad
jurídica y hacer justicia. (Oropeza, 2000)
Por lo anterior es de vital
importancia que un profesional responsable de un proceso de evaluación
psicológica en el campo jurídico, cuente con conocimientos y entrenamiento
especializado para su actuación profesional. El Código Penal Colombiano establece
que cualquier persona que se encuentre dentro de sus facultades y cuente con
los conocimientos técnicos que se requieran pueden ser peritos sin embargo, dada
las implicaciones de éste tipo de procedimientos, no sólo en el contexto
jurídico, penal o civil, sino también en la esfera personal del evaluado, el
cual puede generar afectaciones de tipo permanente, se debe tener especial
cuidado en el manejo de este tipo de herramientas y no puede ser realizado por
cualquier profesional del psicología, el simple título de pregrado en
psicología no lo acredita para realizar éste tipo de intervenciones que
requiere un alto y especifico nivel de entrenamiento Por ello, debe realizarse
por una persona que cuente con el conocimiento, la experiencia, la experticia y
sobre todo realizarlo de manera imparcial y sin emitir juicios de valor.
Para
citar este escrito según normas APA:
AL. Rodríguez-Padilla y EC. Delgado-González. (12 de junio de 2014). Partes del informe psicológico forense en los contextos legales. [Mensaje en un blog]. Recuperado de http://psicojuridicaforense.blogspot.com/.
REFERENCIAS
Aguilera,
G. (2004). Opinión de los jueces (derecho penal y de familia) sobre el informe
psicológico forense. doi: 10058462
Bembibre,
J. e Higueras, L. (2006). Informes psicológicos: el sujeto doble de la
psicología y el derecho. International
Journal of Clinical and HealthPsychology 6 (2), 469-480.
Celedon,
J y Brunal, B. (2012) El psicólogo como auxiliar de justicia, una mirada desde
la pericia psicológica. Revista de la
facultad de Psicología Universidad Cooperativa de Colombia 8 (14), 153-167.
Recuperado de http://wb.ucc.edu.co/pensandopsicologia/files/2013/06/art013-vol8-n14.pdf
Echeburúa,
E. y De Corral, P. (2005). ¿Cómo evaluar las lesiones psíquicas y las secuelas
emocionales en las víctimas de delitos violentos?.Psicopatologia clínica, legal
y forense, 5 (1), 57-73.
Espinosa,
A. (2011). La psicología del testimonio. Hernández, G. Psicología jurídica
iberoamericana. (197 – 230). Bogotá: Manual moderno.
Finol,
M. (2006). Intervención del psicólogo forense en la administración de justicia.
Capitulo Criminológico, 34 (1), 99-131.
Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLYCF). (2005)
Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLYCF). (2009). Protocolo:
Evaluación básica en psiquiatría en psicología forense.
Manzanero,
A. (2009). Teoría y práctica de la investigación criminal. Recuperado de http://eprints.ucm.es/11021/1/psicologia_forense.pdf
Manzanero,
A. y Muñoz, J. (2011). La prueba pericial psicológica sobre la credibilidad del
testimonio: Reflexiones psico-legales. Recuperado de http://eprints.ucm.es/12544/1/CREDIBILIDAD_DEL_TESTIMONIO.pdf
Muñoz,
J. (2013). La evaluación psicológica forense del daño psíquico: propuesta de un
protocolo de actuación pericial. Anuario
de Psicología Jurídica 23, (61 – 69).
Natenson,
S. (2007). Rol del perito psicólogo en el ámbito judicial. Recuperado de http://dspace.palermo.edu/dspace/bitstream/10226/439/1/8Psico%2006.pdf
Nuevo
código penal y de procedimiento penal. (2013).
Olmedo,
E. y Dorta, R. (2003). El informe psicológico en el marco forense. Anales de la facultad de derecho, 20 (1),
139-160.
Oropeza,
J. (2000). El peritaje en psicología forense. Revista internacional de Psicología 1 (1), 1- 6.
Saborío,
C. (2005). Estrategias de evaluación psicológica en el ámbito forense. Medicina legal de costa rica 22 (1),
Sicard,
R. (2011). El perito psicólogo y la prueba pericial psicológica: fundamento de
la eficiencia judicial en Colombia. Hernández, G, Psicologia jurídica Iberoamericana. (231-260). Colombia: Manual
Moderno.
Sierra,
J.(2006). Psicología forense: Manual de técnicas y aplicaciones. Rogar, S.A:
Madrid.
Simões,
M. (2001). Informes psicológicos en contextos forenses. Jiménez, F, Evaluación Psicológica forense. (157-183).
España: Amarú Ediciones.
Urrea,
A., Estrada, L. y Lopera, J. (2012). Los dictámenes periciales en el código de
infancia y adolescencia. Estudios de
Derecho 69 (154), 1 – 20.
5 comentarios
Para el informe es necesario incluir la pregunta pericial?
Como debe redactarse el diagnostico
En caso de no describir ni realizar la pregunta pericial solicitada el informe es valido?
Se pueden incluir antecedentes familiares del sujeto evaluado sin haberse preguntado por los mismos o los test pueden dar resultados de antecedentes o historia familiar del evaluado.
eL PERITO PSICOLOGO DEBE TENER TITULO DE PERITO O PUEDE HACERLO UN PSICOLOGO SIN ES formacion avalada por un titulo en procesos judiciales.
Gracias
Buenas tardes William. No es necesario incluír la pregunta pericial. El diagnóstico se redacta de acuerdo con los hallazgos en todo el proceso de evaluación. Cuando los operadores de justicia hacen la solicitud de la pericia, por lo general no solicitan responder una pregunta, ellos piden a través de un motivo u objetivo lo que quieren se de claridad. Lo que se tiene que incluír en el informe es el objetivo que se busca a través del trabajo pericial, pero en forma de pregunta.
Y en relacióncon anteceentes familiares, escolares, sociales, sexuales, de salud, etc, es necesario en la entrevista que se haga al evaluado y a los colaterales indagar las diferentes áreas de vida del sujeto para colocar en el informe el análisis descriptivo por áreas.
Los test no nos dan cuenta de la historia de los antecedentes o la historia del evaluado.
Ahora, en relación con tu pregunta de si es necesario tener título de perito o si lo puede ser un psicólogo con título de esta profesión, la respuesta la da el código de procedimiento penal de Colombia, en el Art. 408 habla de quiénes pueden ser peritos y en el art. 413 se refiere a la idoneidad de los peritos, la cual debe ser certificada. El haber estudiando Psicología no le da la idoneidad profesional necesaria para ser perito, según pienso y hemos acordado un grupo de académicos. Es necesario contar con experiencia laboral y formación profesional específica.
A partir de avanzados métodos científicos, un perito puede determinar la causa de cualquier calamidad en un informe pericial que te permita tener una sentencia a favor en cualquier juzgado
El experto consultado se da entonces a la tarea de realizar un proceso de evaluación pericial, de acuerdo a una metodología, desde una posición escéptica y procurando verificar la información aportada por la persona evaluada con otras fuentes de información por un gabinete de peritos.
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